Bases Legales
Las bases legales de esta investigación se encuentran representadas, en primer lugar, en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (2000), de donde se destaca el Artículo 141, cuando establece que:
La Administración Pública está al servicio de los ciudadanos y ciudadanas y se fundamenta en los principios de honestidad, participación, celeridad, eficacia, eficiencia, transparencia, rendición de cuentas y responsabilidad en el ejercicio de la función pública, con sometimiento pleno a la ley y al derecho (p. 95).
Para garantizar el cumplimiento de lo establecido en el citado artículo, es de fundamental importancia la existencia y aplicación de sistemas de control interno, a través de los cuales se desarrollen las tareas de control y registro en todas y cada una de las áreas, niveles y funciones de la organización. El sistema de control de registro de bienes y materiales constituye una de las formas a través de las cuales se lleva a la práctica el sistema de control interno de una determinada entidad de la administración pública.
Otro de los fundamentos legales de la investigación, lo representa la Ley Orgánica de la Hacienda Pública Nacional (1974), de donde se extraen los siguientes Artículos:
Artículo 1. La Hacienda Pública Nacional comprende los bienes, rentas y deudas que forman el activo y el pasivo de la Nación, y todos los demás bienes y rentas cuya administración
corresponde al Poder Nacional. La Hacienda, considerada como persona jurídica, se denomina Fisco Nacional.
Artículo 19. Son bienes nacionales:
1.- Los bienes muebles o inmuebles, derechos y
acciones que por cualquier título entraron a formar el
patrimonio de la Nación al constituirse
ésta en Estado soberano, y los que
por cualquier título haya
adquirido o adquiera la Nación o se hayan destinados o se destinaren en algún establecimiento público nacional a algún ramo de la Administración Nacional.
2.- Los bienes muebles o inmuebles
que se encuentren en el territorio de la República y que no tengan
dueño.
Los artículos mencionados permiten establecer con precisión lo que son los bienes nacionales y como éstos se encuentran comprendidos dentro de la Hacienda Pública Nacional. En ese sentido, lo establecido en estos artículos lleva a afirmar que los bienes nacionales, son aquellos poseídos por el Estado Venezolano bajo el estilo de Administración Pública Nacional.
La Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público (2003), es otro sustento legal importante y de donde se selecciona el Artículo 131, el cual establece que:
El sistema de control interno tiene por objeto asegurar el
acatamiento de las normas legales, salvaguardar los recursos y
bienes que integran el patrimonio público, asegurar la obtención
de información administrativa, financiera y operativa útil,
confiable y oportuna para la toma de decisiones, promover la
eficiencia de las operaciones y lograr el cumplimiento de los
planes, programas y presupuestos, en concordancia con las
políticas prescritas y con los objetivos y metas propuestas, así
como garantizar razonablemente la rendición de cuentas.
En ese orden de ideas, la estructuración de un sistema de control de bienes y materiales en las entidades públicas se encuentra ubicada dentro de los planteamientos expresados en el artículo precedente, porque aporta elementos de relevancia para que se cumplan los propósitos de control, concretamente en lo que atañe a los recursos y bienes que forman parte del patrimonio público.
De igual manera, el Artículo 134 de la referida ley señala que: “Corresponde a la máxima
autoridad de cada organismo o entidad la responsabilidad
de establecer y mantener un
sistema de
control interno adecuado
a la naturaleza, estructura y fines de
la organización”. En ese orden
de ideas, las autoridades de
entes públicos como INGEOMIN, tienen
la responsabilidad de realizar las acciones para la implantación de un
sistema 50 de
control de bienes y materiales en todas y cada una de las sedes de este organismo en Venezuela.
En cuanto a la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal (2001), se destaca, en primer lugar, el Artículo 35 en el cual se define el Sistema de Control Interno:
control de bienes y materiales en todas y cada una de las sedes de este organismo en Venezuela.
En cuanto a la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal (2001), se destaca, en primer lugar, el Artículo 35 en el cual se define el Sistema de Control Interno:
El Control Interno es un sistema que comprende el plan de
organización, las políticas, normas, así como los métodos y
procedimientos adoptados dentro de un ente u organismo sujeto
a esta Ley, para salvaguardar sus recursos, verificar la exactitud
y veracidad de su información financiera y administrativa,
promover la eficiencia, economía y calidad en sus operaciones,
estimular la aplicación de las políticas prescritas y lograr el
cumplimiento de su misión, objetivos y metas.
Esta definición establece los parámetros que definen lo que representa el sistema de control interno y, como a partir de dichos parámetros, se pueden diseñar los sistemas de control de bienes y materiales dentro de toda entidad pública. A ese respecto, el Artículo 36 plantea que: “Corresponde a las máximas autoridades jerárquicas de cada ente la responsabilidad de organizar, establecer, mantener y evaluar el sistema de control interno, el cual debe ser adecuado a la naturaleza, estructura y fines del ente”.
Para complementar lo dicho anteriormente, el Artículo 37 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal, establece lo siguiente:
Cada entidad del sector público elaborará, en el marco de las
normas básicas dictadas por la Contraloría General de la
República, las normas, manuales de procedimientos,
indicadores de gestión, índices de rendimiento y demás
instrumentos o métodos específicos para el funcionamiento del
sistema de control interno.
Lo anterior confirma la responsabilidad de los entes de la administración pública en la elaboración de las normas, manuales de procedimientos y demás elementos de control y evaluación que le den operatividad y aplicabilidad al sistema de control que debe aplicarse dentro de sus diferentes dependencias.
Finalmente, se encuentra el Artículo 39, donde se señala lo siguiente en relación a la responsabilidad de las autoridades de cada dependencia:
Los gerentes, jefes o autoridades administrativas de cada
departamento, sección o cuadro organizativo específico
deberán ejercer vigilancia sobre el cumplimiento de las normas
constitucionales y legales, de los planes y políticas, y de los
instrumentos de control interno a que se refiere el artículo 35 de
esta Ley, sobre las operaciones y actividades realizadas por las
unidades administrativas y servidores de las mismas, bajo su
directa supervisión.
Es responsabilidad de los gerentes o autoridades administrativas de cada departamento, velar por el cumplimiento de la normativa legal, planes y políticas en materia de control interno dirigida a salvaguardar los bienes y recursos, comprobar la exactitud y veracidad de la información financiera y administrativa; así como promover la eficiencia, economía y calidad en las operaciones que se realizan en estas dependencias.
Otro de los basamentos legales está representado en la Ley contra la Corrupción (2003), concretamente en su Artículo 6, donde reza que:
En la administración de los bienes y recursos públicos, los funcionarios y empleados públicos se regirán por los principios de honestidad, transparencia, participación, eficiencia, eficacia, legalidad, rendición de cuentas y responsabilidad.
Lo establecido en este artículo tiene vinculación con lo que señala la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos (1981), en el Artículo 30 acerca de la actividad administrativa:
La actividad administrativa se desarrollará con arreglo a
principios de economía, eficacia, celeridad e imparcialidad. Las
autoridades superiores de cada organismo velarán por el
cumplimiento de estos preceptos cuando deban resolver
cuestiones relativas a las normas de procedimiento (p. 9).
En atención a lo establecido en ambos artículos, la implantación y aplicación de sistemas de control de bienes y materiales dentro de las entidades del sector público, estarán orientadas a garantizar y prever el cumplimiento de los principios expuestos en ellos.
La Ley del Estatuto de la Función Pública (2002), Artículo 33, numeral 7, establece que, además de los deberes que impongan las leyes y los reglamentos, los funcionarios o funcionarias públicos estarán obligados a: “Vigilar, conservar y salvaguardar los documentos y bienes de la Administración Pública confiados a su guarda, uso o administración”. La estructuración de los mecanismos y sistemas de control pertinentes serán las herramientas a través de los cales se cumplirían estas obligaciones.
Finalmente, el Reglamento de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República (2001) constituye otro de los sustentos legales de esta investigación, concretamente en su artículo 23, donde textualmente se
lee lo siguiente: “Las dependencias de la administración pública están obligadas a formar y actualizar sus inventarios de bienes, de acuerdo con las instrucciones de la Contraloría y en las oportunidades que ésta señale”.
Instituciones como INGEOMIN, tienen la obligación de mantener actualizados sus inventarios de bienes, en atención a las instrucciones emanadas por el órgano contralor y, en ese sentido, el planteamiento de un sistema de control de bienes y materiales de este organismo se inscribiría en los procesos dirigidos al cumplimiento de esta obligación.
SISTEMA DE CONTROL Y REGISTRO DE LOS BIENES NACIONALES
DE LA COORDINACIÓN REGIONAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE
GEOLOGÍA Y MINERÍA DE VENEZUELA (INGEOMIN) REGIÓN GUAYANA
Trabajo de Grado presentado para optar al grado de
Licenciado
en Administración de Empresas
AUTOR: José Gregorio Guerra Tovar
TUTORA: Lic. Yurma Maya (MSc)
CIUDAD BOLÍVAR, 2008
MIl gracias... estoy preparando mi tesis y estaba estancando en las bases legales...
ResponderEliminarde mucha utilidad..
EXCELENTE GUIA DE AYUDA. MIL GRACIAS POR COMPARTIRLO
ResponderEliminarBuena información, mil gracias!
ResponderEliminarBuena información, mil gracias!
ResponderEliminarmas claro imposible gracia
ResponderEliminarMUCHÍSIMAS GRACIAS, DE MUCHA UTILIDAD ESTE EJEMPLO.
ResponderEliminarMUY AGRADECIDA POR LA INFORMACIÓN COMPARTIDA. QUE CONTINÚEN SUS ÉXITOS! MUY BUENO
ResponderEliminarMuchas gracias pero me falta mas especificación 😊y mas artículos
ResponderEliminarTodos los trabajos de investigacion deben llevar bases legales.....por lo menos estoy realizando uno sobre como afecta el uso del celular la comunicación en los jóvenes y no creo que esto esté regido por alguna norma ley resolución....me podría ayudar
ResponderEliminarYo creo que ningún proyecto de investigación debería tener bases legales pues no aportan al desarrollo del mismo. El marco jurídico de la investigación no aporta algún elemento o valor a la realización de la investigación y menos a los resultados.Las bases legales son muy importantes plantearlas y cumplirlas en proyectos de creación de empresas, construcción de obras públicas, etc. Yo no he visto que se incluyan en USA o en Europa. Es en Latam en donde la mayoría de profesores, que nunca han hecho una investigación formal o que sirva para algo diferente de obtener un título, se deleitan en complicar los proyectos.
EliminarSaludos. En lo personal pienso que deberían ser opcionales. Más que imposición de profesores se trata de la tiranía de los manuales de grado. En el caso del celular, si es una investigación en Venezuela, revisa la Ley de Telecomunicaciones
EliminarEn el caso de los trabajos de investigación de ingeniería civil, el marco legal es muy importante. Los diseños y proyectos deben cumplir rigurosamente el marco legal, reglamentario y normativo de la nación. Un estudiante de ingeniería que no conozca el marco legal aplicable, puede tener serios problemas durante el ejercicio de su profesión.
EliminarHola. Mi trabajo de grado es sobre planificación estretégica en una empresa. ¿Me podrías orientar sobre qué leyes debo consultar?
ResponderEliminarimportantes informes periciales es el documento que redacta un profesional experto en un tema para exponer sus indagaciones y conclusiones al respecto. Este profesional se conoce como perito y el dictamen que realiza constituye un medio de prueba en un proceso judicial, es decir, sirve para que un juez pueda comprender mejor aspectos técnicos de un caso y tome en cuenta esta opinión experta para tomar su decisión.
ResponderEliminarexelente trabajo estaba realizan el proyecto de investigacion de quinto año y estaba estancado en las bases legales, mil gracias
ResponderEliminarmarico, jalando bolas como siempre pedazo de mamarracho que te quemes vivo nojombre
Eliminarestoy estancada en mis bases legales :(( es sobre El impacto psicológico de los videojuegos en los niños de 7 a 10 años, alguien me podria orientar??
ResponderEliminarcomo buen macho alfa que soy puedo ayudarte
Eliminarpero hablando enserio... podría ayudarte
yo también estoy haciendo una tesis
mi número: +58 424-1400645
EliminarUff, Gracias parroquia, de Gran ayuda este post, Una ayuda para hacer las bases Legales de mi Proyecto de 5to Año
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